martes, 23 de junio de 2009

EXIGUO SEGURO DE ACCIDENTES

En l a circular informativa 14/2009 del ICA Almería aparecía la siguiente información.


SEGURO DE ACCIDENTES

El colegio de Abogados de Almería ha contratado con la Mutualidad General de la Abogacía un seguro colectivo que tiene por objeto cubrir el riesgo de accidentes corporales que puedan sufrir los asegurados durante la prestación de los turno de asistencia al detenido organizados por este Ilustre colegio, con efectos del día 1 de junio Las garantías de la Mutualidad se limitan exclusivamente a cubrir los accidentes acaecidos a los asegurados durante el desempeño de la asistencia en el centro de detención y primera asistencia en el órgano judicial o fiscalía correspondiente, incluyendo riesgo “in itinere”, es decir, queda cubierto también el riesgo de accidente desde que el asegurado se encamina a la prestación de servicio y también regreso.

Los capitales garantizados por cada asegurado son los que a continuación se detallan:
- En caso de fallecimiento : 100.000´00 €
- En caso de incapacidad permanente hasta 100.000´00 €
- En caso de incapacidad temporal, diariamente,
con un máximo de 90 días 15 €



Nos parece un gesto de buena voluntad pero consideramos que la cobertura es escasa.
15 € / día en caso de ILT es un importe exiguo.
Y entendemos que la cobertura es insuficiente por la limitación a los daños corporales y no incluir los materiales como pueda ser el vehículo en caso de accidente in itinere y por la limitación de la cobertura exclusivamente a las dos diligencias iniciales (por la asistencia al detenido en sede policial y a la siguiente de asistencia a la declaración de imputado en el juzgado ) excluyendo el resto como pueda ser la posterior rueda de reconocimiento, o incluso el acto del juicio que a veces se celebra a la de tres suspensiones previas, y si vamos desde El Ejido a juicio al Penal a Almería tenemos más riesgo de accidente que si vamos andando del despacho a comisaría o juzgados de El Ejido.

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